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Pasos para la obtención de Solvencias y Constancias de Obligaciones Previsionales

 

  1. El empleador deberá presentar una carta, en la que detallará la siguiente información:
    1. Su nombre o razón social;
    2. Número de Identificación Tributaria
    3. Número de teléfono y FAX;
    4. Nombre y cargo de la persona con la cual se pondrá en contacto la AFP;
    5. Cantidad de solvencias o constancias solicitadas.

  2. Las AFP, realizarán las acciones del caso:
    1. Cuando el empleador se encuentra solvente con las cotizaciones previsionales, con las AFP, se le emitirá una Solvencia de Obligaciones Previsionales (Formato A)
    2. Cuando el empleador registra mora, la AFP se pondrá en contacto con él para hacerle llegar el detalle de la misma; una vez cancelada, emitirá una Solvencia de Obligaciones Previsionales. (Formato A)
    3. Cuando el empleador no se encuentra registrado en la base de datos de empleadores de la AFP y por lo tanto, no registra afiliados, se emitirá una Constancia de Obligaciones Previsionales (Formato B)
    4. Cuando el Empleador se encuentra registrado en la base de datos de la AFP, pero no registra afiliados con relación laboral activa; se emitirá una Constancia de Obligaciones Previsionales, especificando el último periodo declarado. (Formato C)