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Preguntas frecuentes de los solicitantes de servicios a la
Comisión Calificadora de Invalidez (CCI)

 

¿Existe edad límite para pensionarse por invalidez?

  • Si, la Ley SAP en su artículo 105, establece que pueden someterse al proceso de evaluación y calificación de invalidez, aquellas personas que no han cumplido la edad legal para acceder a pensión de vejez, es decir, para la mujer 55 años, y para los hombres 60 años

 

¿Quiénes pueden someterse al proceso de Evaluación y Calificación de Invalidez?

  • Todas las personas afiliadas a las Instituciones Previsionales ya sean públicas (ISSS o INPEP) o privadas (AFP´s), que se encontraren cotizando o estuvieren cesantes, siempre y cuando no hayan cumplido la edad legal para pensionarse por vejez. Asimismo, pueden evaluarse los beneficiarios, padres, cónyuges o hijos de los afiliados fallecidos o que están por acceder a la pensión de vejez, y que presenten algún tipo de enfermedad.

 

¿Pueden evaluarse los afiliados al IPSFA?

  • Solamente aquellos afiliados cuyo origen de la invalidez sea declarado por el ISSS como Riesgo Profesional.

 

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la evaluación y calificación de invalidez

  • Presentarse a la Institución Previsional en la cual está afiliado, a completar el formulario denominado “Solicitud de Evaluación y Calificación de Invalidez”, para ello deberá adjuntar una constancia de su médico tratante así como documentación de tipo personal que requiera la institución.

 

¿Por que medios puedo obtener la cita para entrevista médica?

  • Cuando el afiliado tenga el formulario anterior, puede solicitar la cita vía teléfono, fax, o presentarse a nuestra oficina, ubicada en el edificio Gerardo Barrios, local 11, sobre Alameda Juan Pablo II, frente al Parque Infantil.
    Sí el interesado se encontraré inhabilitado para realizar personalmente este trámite, puede ser representado por un familiar dentro del primero o segundo grado de consanguinidad o personas autorizadas por los medios legales correspondientes

 

¿Tienen algún costo económico los trámites?

  • Todo trámite que se realiza en la CCI es gratuito

 

Si el afiliado, debido a condiciones de salud, se encuentra impedido para presentarse a la cita médica, ¿pierde el derecho a la evaluación?

  • No. El interesado o el familiar que solicita la cita médica debe informar los motivos por los cuales no puede presentarse, entonces se asignará un médico interconsultor domiciliario para que le realice la evaluación respectiva ya sea en el lugar de residencia del afiliado o en el hospital donde se encontrare ingresado.

 

¿Cualquier enfermedad puede considerarse como una invalidez?

  • De conformidad al artículo 105 de la Ley SAP inválido es toda persona que por enfermedad o accidente haya perdido el 50% o más de su capacidad para ejercer cualquier trabajo remunerado; es decir toda persona que tiene una enfermedad la cual a pesar de estar en tratamiento médico no tiene expectativas de mejoría clínica, en su evolución en el tiempo.

 

¿De cuál Institución depende la Comisión Calificadora de Invalidez?

  • De la Superintendencia de Pensiones

 

¿Existe alguna normativa que respalda el proceso que realiza la Comisión Calificadora de Invalidez?

  • Si. La Comisión Calificadora de Invalidez actúa con base a las facultades y responsabilidades legales que le otorga la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones, así como también el Reglamento que contiene las Normas Generales de Calificación de Invalidez, y aplicación metodológica de las mismas en el proceso calificador

 

¿Cuáles son los tipos de invalidez?

  • Existen:
    Por su origen:
    •  invalidez de tipo común e
    • invalidez de tipo profesional.
    Por su grado de discapacidad:
    • Invalidez Parcial
    • Invalidez Total
    • Gran inválido

 

¿Qué significa cuando en un dictamen la Comisión Calificadora de Invalidez determina que un impedimento esta “No Configurado”?

  • Se determina Impedimento No Configurado aquel padecimiento que aún está bajo observación clínica, es decir pendiente de concluir tratamientos, procedimientos quirúrgicos correctivos y/o terapia de rehabilitación física o psicológica

 

¿Cuál es el horario de atención de la Comisión Calificadora de Invalidez?

  • De Lunes a Viernes, de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. (Sin cerrar al mediodía).
    Tel/fax 2222-8855, Tels. 2271-3076 y 2271-1703